Pasaporte

De acuerdo a ley, a partir del 7 de julio de 2016, el Consulado General del Perú en Los Ángeles solo puede tramitar el nuevo Pasaporte Biométrico (electrónico).

Requisitos Generales:

Los nacionales peruanos mayores o menores de edad que requieran pasaporte electrónico ordinario deben de presentarse con su DNI en físico o, por lo menos, haber tramitado su DNI.

Requisitos Específicos para niños y adolescentes:

Adicionalmente a los requisitos generales, los niños y adolescentes hasta los 17 años son acompañados por uno de sus padres o por el apoderado de por lo menos uno de sus padres o por su tutor legal. Asimismo, cuando lo soliciten el(los) padre(s), debe(n) de:
a) Identificarse con el DNI en físico, si es peruano, o documento de identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
b) Presentar el DNI en físico del menor o, por lo menos, haber tramitado el DNI del menor.

El pasaporte podría llegar entre dos (02) semanas a en un (01) mes como máximo. El tiempo de espera podría variar dependiendo de los cambios que puedan ocurrir en la entidad que se encarga de imprimir y enviar los pasaportes.

NO SE ACEPTAN BILLETES DE 100 USD

La jurisdicción del Consulado General el Perú en Los Ángeles corresponde a los condados de IMPERIAL, KERN, LOS ANGELES, ORANGE, RIVERSIDE, SAN BERNARDINO, SAN DIEGO, SAN LUIS OBISPO, SANTA BÁRBARA y VENTURA en el estado de California; y la Jefatura de Servicios Consulares del estado de Arizona.

Aviso importante

Ciudadanos que residan en otros condados del estado de California y el estado de Nevada deberán contactarse con el Consulado General del Perú en San Francisco. Ciudadanos que residan en el estado de Utah deberán contactar al Consulado General del Perú en Denver.

Estar 15 minutos antes de su cita para poder llenar los formularios correspondientes a su tramite.

Pasaporte Mayor de Edad

Este Documento solo será otorgado a “Ciudadanos Peruanos” (deben de contar con DNI).

Estimado connacional: a continuación, encontrará información relevante sobre el trámite y requisitos obligatorios para la obtención del pasaporte biométrico.

Nota importante: Toda persona que haya cumplido 18 años es considerada mayor de edad y está OBLIGADO/A a tener DNI de color azul para poder realizar el trámite de pasaporte biométrico.

Requisitos:

  • Requisito 1: La presencia del titular que realizará el trámite en el Consulado es obligatoria.
  • Requisito 2: Es obligatorio llevar en físico el DNI del adulto vigente o caduco.
  • Requisito 3: Realizar el pago en efectivo y exacto $70.00 dólares. También puede pagar con tarjeta de débito o crédito con un cargo financiero adicional. Adicionalmente puede traer un sobre prepagado o solicitar uno en el Consulado al costo oficial del USPS de $10.85 en efectivo para que el documento sea enviado a su domicilio (cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del interesado).

Mayores de edad con incapacidad legal

  • Adicionalmente a los requisitos antes señalados, el connacional mayor de edad con incapacidad declarada por una autoridad peruana o extranjera, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quien a su vez deberá:
  • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) de adulto en buen estado, último emitido. Si es extranjero, con el documento que oficialmente lo identifique en los Estados Unidos.
  • Presentar copia del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.
  • En caso de haber obtenido la declaración de representante por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP.
  • Para el caso de lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad, deberá presentarse el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad, que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerios de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).
  • En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que se encuentre en la jurisdicción del Estado donde se haya dictaminado la representación legal del titular con incapacidad.

Información Importante

  • No se requiere fotografía ya que será tomada en el Consulado.
  • El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
  • Para saber si el documento ya se encuentra en el Consulado, envíe un correo electrónico a pasaportes@conperla.org
  • Cuando el ciudadano peruano tiene 17 años o más y aún cuenta con DNI amarillo, deberá realizar el cambio al DNI azul de mayor de edad para luego poder tramitar su pasaporte. En caso contrario no podrá realizar el trámite. Para personas con 17 años, se puede realizar el cambio del DNI amarillo al azul en cualquier momento.
  • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo (valor exacto) o con tarjeta VISA, MASTERCARD, DISCOVER, AMERICAN EXPRESS. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo.

Pasaporte menor de edad

Este Documento solo será otorgado a “Ciudadanos Peruanos”.

Cuando el ciudadano peruano tiene 17 años es aún considerado menor de edad sin embargo es obligatorio que tenga el DNI de color azul/mayor de edad para poder tramitar su pasaporte. En caso contrario no podrá realizar el trámite. La presencia de uno de los padres es obligatoria.

Estimado connacional: a continuación, encontrará información relevante sobre el trámite y requisitos obligatorios para la obtención del pasaporte biométrico.

Requisitos Generales

Cuando lo soliciten los PADRES

  • Requisito 1: Es obligatoria la presencia del menor, acompañado de, al menos, uno de los padres. 
  • Requisito 2: El padre o madre deben OBLIGATORIAMENTE identificarse mostrando su DNI. Si el padre es extranjero deberá presentarse con un documento que lo identifique de manera oficial en los Estados Unidos
  • Requisito 3: Es obligatorio presentar el DNI del Menor en físico vigente o caduco. 
  • Requisito 4: Realizar el pago en efectivo y exacto $70.00 dólares. También puede pagar con tarjeta de débito o crédito con un cargo financiero adicional. Adicionalmente puede traer un sobre prepagado o solicitar uno en el Consulado al costo oficial del USPS de $10.85 en efectivo para que el documento sea enviado a su domicilio (cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del interesado).

Cuando lo solicite el APODERADO(s) de uno o ambos padres

  • Requisito 1: Es obligatorio la presencia del menor y del apoderado. 
  • Requisito 2: El apoderado deben identificarse OBLIGATORIAMENTE con su DNI. Si el apoderado es extranjero deberá presentarse con un documento que lo identifique de manera oficial en los Estados Unidos.
  • Requisito 3: El apoderado deberá presentar el documento por el cual se le otorgan estas facultades (escritura pública).
  • Requisito 4: Presentar el DNI del menor de edad.
  • Requisito 5: Realizar el pago en efectivo y exacto $70.00 dólares. También puede pagar con tarjeta de débito o crédito con un cargo financiero adicional. Adicionalmente puede traer un sobre prepagado o solicitar uno en el Consulado al costo oficial del USPS de $9.85 en efectivo para que el documento sea enviado a su domicilio (cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del interesado).

Cuando lo solicite el TUTOR LEGAL

  • Requisito 1: Es obligatorio la presencia del menor y del tutor legal. 
  • Requisito 2: El menor y el tutor legal deben identificarse OBLIGATORIAMENTE con su DNI. Si el tutor legal es extranjero deberá presentarse con un documento que lo identifique de manera oficial en los Estados Unidos.
  • Requisito 3: Presentar el DNI del menor de edad.
  • Requisito 4: Es obligatorio presentar EL DOCUMENTO ORIGINAL del instrumento público o judicial, debidamente inscrito en el registro correspondiente, mediante el cual se nombre el representante legal del menor de edad. En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera; el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que se encuentre en la jurisdicción del Estado donde se haya dictaminado la representación legal del menor.
  • Se recuerda que la jurisdicción del Consulado General el Perú en Los Ángeles corresponde a los condados de IMPERIAL, KERN, LOS ANGELES, ORANGE, RIVERSIDE, SAN BERNARDINO, SAN DIEGO, SAN LUIS OBISPO, SANTA BÁRBARA y VENTURA en el estado de California; y la Jefatura de Servicios Consulares del estado de Arizona
  • Requisito 5: Realizar el pago en efectivo y exacto $70.00 dólares. También puede pagar con tarjeta de débito o crédito con un cargo financiero adicional. Adicionalmente puede traer un sobre prepagado o solicitar uno en el Consulado al costo oficial del USPS de $9.85 en efectivo para que el documento sea enviado a su domicilio (cualquier pérdida, robo o daño del documento es únicamente responsabilidad del interesado).

No necesita adjuntar ningún documento cuando solicite la cita

Información Importante

  • No se requieren fotografías. Éstas serán tomadas en el Consulado. 
  • El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
  • Para saber si el documento ya se encuentra en el Consulado, envíe un correo electrónico a pasaportes@conperla.org
  • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo (valor exacto, NO BILLETES DE 100 USD) o con tarjeta VISA, MASTERCARD, DISCOVER, AMERICAN EXPRESS. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo.
     

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